Línea I:Certificaciones RSE: Obtención de una certificación o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad empresarial
Línea II: Elaboración e implantación de planes de igualdad
a) Diagnósticos
b) Planes de igualdad
c) Costes derivados de la primera fase de implantación de las medidas prioritarias previstas en un plan de igualdad
d) Contratación a jornada completa y con duración mínima de 1 año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad
Línea III: Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
Sublinea III.1 Incentivos para el fomento del teletrabajo: Se incentivará la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo
Sublínea III.2 Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria: Se incentivará la adopción de acuerdos laborales de flexibilidad horaria
Sublínea III.3 Inversiones tendentes a garantizar y mejora el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Se incentivará las siguientes medidas de conciliación: habilitación de servicios de comedor, guardería, lugares idóneos para el reposo de las trabajadoras de las embarazadas, salas de lactancia
Cuantía de la subvención:
Línea I:Certificaciones RSE: 80% Máx. 3.000€ por empresa o grupo de empresas
Línea II: Elaboración e implantación de planes de igualdad
a) Diagnósticos 80% Máx. 3.000€ en empresas de hasta 20 trabajadores/as y hasta 5.000€ en los demás supuestos
b) Planes de igualdad 80% Máx. 1.500€ en empresas de hasta 20 trabajadores/as y hasta 3.000€ en los demás supuestos
c) Implantación medidas 80% Máx. 1.000€ en empresas de hasta 20 trabajadores/as y hasta 2.000€ en los demás supuestos
d) Contratación persona experta en Igualdad. 12.000 € (jornada completa y 12 meses)
En el caso de que la solicitud sea para todas las fases a), b) y c) la ayuda podrá ascender como máximo a 5.500 € en las empresas de hasta 20 trabajadores/as y hasta 10.000€ en los demás supuestos
Línea III: Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
Sublínea III.1 y Sublínea III.2: 3.000€/ persona trabajadora. Máx 12.000€ /empresa POR CADA LINEA (+ 1.000€ plus tasa femenina igual o superior a tasa masculina)
Sublínea III.3 -80% Máx. 10.000 € (+10% tasa femenina igual o superior a tasa masculina)
Plazo de solicitud:
Abierto
El plazo finaliza el 14/03/2019
En concurrencia competitiva (por puntos)
Dirigido a:
PYMES, o personas trabajadoras autónomas que tengan subscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud, y deberán contar con un mínimo de 6 personas trabajadores /as
En el caso de la Línea II (planes de igualdad) tendrán que contar como mínimo con 10 trabajadores/as
Empresas con agencia sucursal, delegación o cualquiera otra representación en Galicia que deberán tener contratado en Galicia un mínimo de 8 personas o de 10 en caso de planes de igualdad
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