Ayuda para facilitar la inserción laboral de las mujeres desempleadas en el mercado de trabajo. Se incluyen dos tipos de ayuda compatibles:
Bono de contratación, contratación indefinida inicial, a la contratación temporal con una duración inicial mínima de 12 meses, a la transformación de contratos temporales en indefinidos que deberán ser a tiempo completo, y en el caso de contratos indefinidos a tiempo parcial en los que será subvencionable el incremento de jornada que deberá de alcanzar la jornada a tiempo completo ordinaria o la establecida en el convenio colectivo de aplicación-
Bono de formación (opcional) dirigido a las mujeres contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo, excepto en los casos de incremento de la jornada y transformación.
Cuantía de la subvención:
BONO CONTRATACIÓN:
Contrataciones indefinidas iniciales: 12.000 € por cada mujer desempleada contratada.
Contrataciones temporales con una duración mínima de 12 meses: 6.000 € por cada mujer desempleada contratada.
Se incrementarán en un 25% (acumulables entre sí):
Centro de trabajo (o domicilio fiscal si carece de éste) situado en ayuntamiento rural
Si es una emigrante retornada
Si es mayor de 45 años
Si es una empresa con más de 50 personas trabajadoras y con una tasa de estabilidad igual o superior al 70 %
Si la actividad de la entidad solicitante pertenece al ámbito de sectores estratégicos
Transformación de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo: 4.000 € (no son aplicables los incrementos)
Incremento de la jornada laboral de un contrato indefinido a tiempo parcial a un contrato indefinido a tiempo completo: 2.000 € (no son aplicables los incrementos)
BONO FORMACIÓN:
Contrataciones indefinidas iniciales: 4.000 € por cada mujer desempleada contratada.
Contrataciones temporales con una duración mínima de 12 meses: 2.000 € por cada mujer desempleada contratada.
Plazo de solicitud:
Abierto
Contrataciones indefinidas iniciales, las contrataciones temporales de una duración inicial mínima de 12 meses, las transformaciones de contratos temporales en indefinidos y el incremento de la jornada laboral realizadas entre el:
01/10/2018 y el 25/04/2019 el plazo finaliza el 25/06/2019
Desde el 26/04/2019 el plazo finaliza el último día del 2º mes siguiente a la contratación. Máximo 30/09/2019
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Dirigido a:
Personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres desempleadas por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en Galicia.
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