Tipos de apoyo

Serán conceptos subvencionables los reflejados en las siguientes líneas:

Línea I-F: Reparación de pistas forestales, captaciones de aguas, cerramientos, bebedores y comederos de titularidad privada.
Línea II-F: Reparación de daños causados en la maquinaria y en el equipamiento forestal ocasionados en labores de extinción de incendios forestales u ocasionados por estos. En caso de que hayan quedado inutilizables, podrán ser sustituidos.
Línea III-F: Gastos de extracción o eliminación de madera de tala comercial acopiada o trabajos de señalamiento, cubicación y/o tasación de madera comercial en la zona afectada por los incendios. También la eliminación de la madera no comercial afectada.
Línea IV-F: Gastos de reposición de forestaciones ejecutadas a partir del 1 de enero de 2020 y dañadas por incendios forestales, incluyendo la reparación manual del terreno, uds. de planta, implantación vegetal…

Las líneas son compatibles entre sí.

Cuantía de la subvención:

La cuantía se calculará en base a lo establecido en cada línea:

Línea I-F: 100% de la inversión elegible, con un máximo de 15.000 €
Línea II-F: 100% con un máximo de 50.000 €.
Línea III-F: 100% de la inversión elegible, con un máximo de 50.000 €
Línea IV-F: 100% de la inversión elegible, con un máximo de 100.000 €

Plazo de solicitud:

El plazo finaliza el 01/10/2025.

Dirigido a:

Son personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas propietarias o arrendatarias de terrenos forestales. Además, Podrán ser beneficiarias las agrupaciones forestales de gestión conjunta, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, y las comunidades de montes vecinales en mano común.

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