Programa I: Fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación- 2022
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- Programa I: Fomento y consolidación del empleo en las pequeñas empresas de nueva creación- 2022
A. Subvención a la generación de empleo estable: creación de puestos de trabajo indefinidos, incluidos los de las propias personas promotores, que sean ocupados por personas desempleadas, creados entre el 01/08/2021 y el 31/07/2022.
B. Subvención para inicio de actividad: financiación de los primeros gastos de actividad, una subvención por cada empleo subvencionable desde 1 mes antes el inicio de actividad empresarial.
C. Subvención para formación: financiar parcialmente la formación relacionada con las funciones gerenciales de la persona promotora o empresaria y/o la formación directamente relacionada con la actividad a desarrollar, de manera que estos estudios contribuyan a la buena marcha de la empresa.
D. Subvención para la conciliación de vida personal, laboral y familiar de los promotores. Costes de los servicios de guardería y/o de las personas cuidadoras para aquellas personas promotoras que tengan hijos o hijas menores de 3 años o costes del centro o de los servicios de cuidado de personas mayores y/o dependientes (grados I, II y III) o con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, desde los 3 meses anteriores al inicio definitivo de la actividad y hasta julio de 2022, inclusive.
A. Entre 2.000 y 9.000 € por puesto subvencionable (máx. 10 puestos).
B. Entre 2.000 y 9.000 € por puesto subvencionable (máx. 10 puestos).
C. 75% de los costes (máx. 3.000 €).
D. 75% de los costes (máx. 3.000 €).
Abierto
El plazo finaliza el 31/07/2022
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica que adopten, excepto personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y cuyo inicio de actividad esté comprendido entre el 01/08/2021 y el 31/07/2022.
Como mínimo, el 50 % de su capital social sea de titularidad de las personas promotoras y que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa