Programa NUEVA OPORTUNIDAD para las personas trabajadoras autónomas 2022 - TR790A
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- Programa NUEVA OPORTUNIDAD para las personas trabajadoras autónomas 2022 - TR790A
Se establecen dos tipos de apoyo a las personas trabajadoras autónomas:
– Para las que cesaron su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta como persona trabajadora autónoma.
– Para las que estén de alta como personas trabajadoras autónomas y quieren volver a emprender en otro sector. Siendo un cambio de actividad a otros sectores económicos como los considerados emergentes o vinculados a la economía circular, entre otros.
Se estructuran en dos bonos:
1. Bono alta nueva oportunidad para ayudar a la puesta en marcha del nuevo negocio.
2. Bono formación y/o mentoring para acompañar y ayudar en la puesta en marcha del negocio. La persona beneficiaria del Bono alta nueva oportunidad podrá recibir una ayuda para realizar un mínimo de 40 horas de formación.
- Bono alta nueva oportunidad: 9.000 €
- Bono formación y/o mentoring: ayuda de hasta 1.600 €
La ayuda máxima total será de 10.600 €
El plazo finaliza el 31/10/2022
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Serán beneficiarias de estas ayudas tanto las personas autónomas que quieren volver a emprender de nuevo como las personas autónomas que quieren cambiar de sector de actividad, en el periodo de 01/01/2022 a 30/10/2022:
- Requisitos para personas autónomas o que hayan sido autónomas con anterioridad y quieren volver a emprender.
- Haber cotizado anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral.
- Estar inscrita como demandante de empleo con carácter previo a la nueva alta.
- Transcurrir un periodo mínimo de 2 meses entre la nueva alta y la anterior baja por cuenta propia.
- Domicilio fiscal y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
- Requisitos para personas autónomas que quieren cambiar de sector de actividad.
- Tener cotizado, anteriormente a esta nueva alta por lo menos durante 6 meses ininterrumpidos.
- Tener un alta como persona trabajadora autónoma en un sector diferente al anterior.
- Domicilio fiscal y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
Estos requisitos deberán cumplirse bien a fecha de solicitud o bien en la fecha de inicio de actividad, según el caso.