2ª CONVOCATORIA - SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO - 2023 - CO300G
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- 2ª CONVOCATORIA - SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO: FONDO TECNOLÓGICO - 2023 - CO300G
Programa smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de negocio:
a) Software de gestión de experiencia de la clientela (aplicaciones big data y análisis de datos).
b) Etiquetado electrónico para lineales de venta.
c) Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
d) Gestor de colas automatizado.
e) Sistemas de click and collect y locker digitales.
f) Probadores interactivos.
g) Software para la gestión logística del e-commerce.
h) Soluciones de ciberseguridad.
i) Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivo(chatbots).
j) Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
k) Terminales de autopago para la clientela.
Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra:
a) Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
b) Estanterías virtuales.
c) Pantallas y mesas interactivas.
d) Totems publicitarios.
e) Pizarras digitales.
f) Aplicaciones de realidad virtual y aumentada
En todo caso, las actuaciones comprendidas en las letras a), b), c), d) y e) deberán incluir el software para la programación y emisión de contenidos digitales. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la elaboración de estos contenidos.
Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética y de los recursos:
a) Puertas automáticas con sensores de proximidad que redunden en una mejora de la eficiencia energética en el ámbito térmico del local.
b) Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces que mejoren y optimicen el consumo de energía eléctrica.
c) Sistemas de climatización del local energéticamente eficientes.
90 % de las inversiones máximas subvencionables.
El plazo finaliza el 30/06/2023.
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que el establecimiento comercial para el cual se solicita la ayuda tenga carácter físico y permanente y esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea o comerciantes minoristas fuera de un establecimiento comercial permanente, deberán tener el domicilio fiscal en Galicia.
- Que tenga la condición de pyme.
- Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 ó 47 de la CNAE 2009 (excepto los epígrafes 616, 654 y 655, así como cualquier otra actividad económica que no se considere subvencionable).