AYUDAS A FONDO PERDIDO Y PRÉSTAMOS PARCIALMENTE REEMBOLSABLES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EMPRESARIAL - 2023 - IG253 - IG287
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Proyectos de inversión empresarial generales que correspondan a una de las siguientes tipologías de proyectos:
- Creación de un nuevo establecimiento.
- Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
- Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
- Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por inversión en el establecimiento.
Conceptos subvencionables:
- Nueva construcción, reforma o habilitación de instalaciones.*
- Adquisición de edificaciones o construcciones nuevas o usadas.*
- Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, instalaciones especificas para la actividad subvencionable, utillaje (incluidos moldes, plantillas y troqueles), equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del medio ambiente y otros bienes de equipamiento.
- Otras inversiones en activos: mobiliario, equipos para procesos información y envases o embalajes, que por sus características deban considerarse inmovilizado.
- Aplicaciones informáticas directamente vinculadas con el proceso productivo.
*Para que la compra de nave, adquisición de edificaciones, y la obra civil sea subvencionable deberá ir acompañado de inversión en bienes de equipo.
Proyectos de inversión empresarial generales: Los proyectos de esta tipología deberán tener un importe de inversión subvencionable igual o superior a 50.000 € y no superior a 900.000 €. Siendo el porcentaje de subvención:
- Entre 24% y 35% para pequeñas empresas.
- Entre 15% y 25% para medianas empresas
En proyectos superiores a 500.000 € se podrá solicitar adicionalmente un préstamo, cuyo importe de financiación será como máximo el 75% de la inversión subvencionable.
Proyectos de inversión en equipamiento productivo: Los proyectos de esta tipología deberán tener un importe de inversión subvencionable igual o superior a 25.000 € y no superior a 900.000 €.
- 30% Pequeñas empresas
- 20% Medianas empresas
El plazo finaliza a las 14:00 del 31/10/2023
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
PYMES que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo localizado en Galicia, y que desarrollen una actividad recogida en las bases de convocatoria.