Ayudas municipales a la creación de empresas - Ayuntamiento de Vigo (2022)
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- Ayudas municipales a la creación de empresas - Ayuntamiento de Vigo (2022)
Ayuda para subvencionar parte de los gastos de la puesta en marcha y funcionamiento de la empresa correspondiente a los tres meses anteriores y a los cuatro meses posteriores al inicio de la actividad empresarial. Excepto los gastos de constitución y apertura que corresponderán al periodo comprendido desde los seis meses antes del inicio de la actividad hasta el 05/08/2022.
Gastos subvencionables:
- Gastos de constitución y apertura: honorarios y gastos de proyectos técnicos, honorarios del registro mercantil y honorarios de notarías.
- Existencias iniciales de mercancías: primeras compras de mercancías, de materias primas y otros consumibles utilizados en el proceso de producción o servicio, así como subscrición a revistas y libros profesionales.
- Gastos de alquiler: de inmuebles y locales, de vehículos industriales, y de aplicaciones y equipos informáticos y otros equipos audiovisuales. Sólo en el caso de que sea imprescindible para la realización de la actividad de la empresa.
- Primas de seguros: seguros del local, de responsabilidad civil y cualquier otro afín y, como máximo, de un vehículo, sólo en el caso de que sea imprescindible para el desarrollo de su actividad.
- Gastos de actividad: hosting y servicios web, papelería y material de oficina, asesoría, formación y cursos recibidos (directamente relacionados con la actividad a desarrollar), gastos de difusión de la actividad empresarial.
- Derechos de propiedad industrial: patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas de productos o servicios, nombres comerciales y dominio en Internet.
50%
Subvención máxima = 3.000 €
El plazo finaliza el 05/08/2022.
En concurrencia competitiva (por puntos)
Personas físicas (autónomos/as) y empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas, sociedades laborales y personas emprendedoras que causen alta en el régimen especial de autónomos o en cualquiera otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o mutualidad de colegio profesional que iniciasen su actividad empresarial en el término municipal de Vigo (alta en el IAE) entre el 01/04/2021 y el 31/03/2022.