NUEVA OPORTUNIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS - 2024 - TR790A
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- NUEVA OPORTUNIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS - 2024 - TR790A
Personas autónomas que hayan sido autónomas con anterioridad, que quieren volver a emprender, y cumplan los siguientes requisitos:
- Haber causado alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, entre 31/10/2023 al 30/10/2024 y encontrarse de alta en el momento de la solicitud.
- Tener la última alta en el RETA antes de esta nueva alta, dentro de los últimos 3 años.
- Haber cotizado con anterioridad a esta nueva alta al menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social.
- Estar inscrita como persona demandante de empleo con carácter previo al alta, y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral, manteniendo el alta en el RETA en el momento de la tramitación y durante un tiempo mínimo de 24 meses desde la nueva alta.
- Transcurrir un período mínimo de seis meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.
- Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia, con anterioridad a la nueva alta, y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
- Tener iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
- Haberse dado de baja en el impuesto de actividades económicas de la actividad precedente.
Serán beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, constituidas a título personal.
Quedan excluidas de las ayudas reguladas en esta orden las personas trabajadoras autónomas que ya habían sido beneficiarias con anterioridad de esta ayuda.
El importe de la ayuda será 7.500 €.
Cuantía que se incrementará en 500 € en caso de que la beneficiaria sea una mujer.
El plazo finaliza el 31/10/2024.
En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)
Ayuda para las personas trabajadoras autónomas que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta.
Su finalidad es facilitar la vuelta a la actividad económica a la persona emprendedora a quien le fue mal en su anterior negocio, pero tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender, en el mismo o diferente sector.