Tipos de apoyo

Personas autónomas que hayan sido autónomas con anterioridad, que quieren volver a emprender, y cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber causado alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, entre 31/10/2023 al 30/10/2024 y encontrarse de alta en el momento de la solicitud.
  • Tener la última alta en el RETA antes de esta nueva alta, dentro de los últimos 3 años.
  • Haber cotizado con anterioridad a esta nueva alta al menos durante 3 meses ininterrumpidos en su vida laboral en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social.
  • Estar inscrita como persona demandante de empleo con carácter previo al alta, y carecer de ocupación efectiva, no tener contrato laboral en vigor y encontrarse en tal situación en la fecha inmediatamente anterior a la de inicio de la actividad laboral, manteniendo el alta en el RETA en el momento de la tramitación y durante un tiempo mínimo de 24 meses desde la nueva alta.
  • Transcurrir un período mínimo de seis meses entre la nueva alta en la Seguridad Social y la anterior baja.
  • Tener el domicilio fiscal en algún ayuntamiento de Galicia, con anterioridad a la nueva alta, y desarrollar su nueva actividad económica o profesional en Galicia.
  • Tener iniciada la actividad con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
  • Haberse dado de baja en el impuesto de actividades económicas de la actividad precedente.

Serán beneficiarias las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica de nueva creación, constituidas a título personal.

Quedan excluidas de las ayudas reguladas en esta orden las personas trabajadoras autónomas que ya habían sido beneficiarias con anterioridad de esta ayuda.

Cuantía de la subvención:

El importe de la ayuda será 7.500 €.

Cuantía que se incrementará en 500 € en caso de que la beneficiaria sea una mujer.

Plazo de solicitud:

El plazo finaliza el 31/10/2024.

En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)

Dirigido a:

Ayuda para las personas trabajadoras autónomas que cesaron en su actividad y van a volver a emprender un negocio como personas trabajadoras autónomas y son demandantes de empleo en el momento previo a la nueva alta.

Su finalidad es facilitar la vuelta a la actividad económica a la persona emprendedora a quien le fue mal en su anterior negocio, pero tiene la experiencia práctica y la iniciativa de volver a emprender, en el mismo o diferente sector.

Envíanos tus consultas, solicita información y/o realiza sugerencias:

    Subvención

    Nombre y apellidos *

    Teléfono *

    Email *

    Empresa

    Actividad / Sector *

    Consulta

    Acepto las condiciones del aviso legal