Tipos de apoyo

Serán subvencionables las inversiones que correspondan de manera indudable al proyecto empresarial. En concreto:

  1. Equipamiento informático.
  2. Activos intangibles: activos que no tienen una materialización física o financiera.
  3. Inversiones en eficiencia energética.
  4. Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario.
  5. Reforma y habilitación de las instalaciones del local de negocio.
  6. La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o bienes de equipo de segunda mano, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria.

Las inversiones tendrán que estar realizadas y pagadas dentro del plazo de ejecución que abarca desde el 01/01/2022 hasta la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Cuantía de la subvención:

La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada:

a) Inversiones de 5.000 € hasta un límite de 10.000 €, la cuantía de la ayuda será del 60% de la inversión.

b) Inversiones de 10.001 € hasta un límite de 30.000 €, la cuantía de la ayuda será del 50% de la inversión.

c) Inversiones de 30.001 € hasta un límite de 50.000 €, la cuantía de la ayuda será del 40% de la inversión.

d) Inversiones de 50.001 € hasta un límite de 100.000 €, la cuantía de la ayuda será del 30% de la inversión.

Plazo de solicitud:

El plazo finaliza el 04/11/2022

En concurrencia no competitiva (por orden de entrada)

Dirigido a:

Personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas con domicilio fiscal en Galicia, que se encuentren de alta e iniciaran su actividad económica desde el 01/01/2020.

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